Normas para la aplicación de la nueva PAC en España

El Consejo de Ministros aprobó el martes -28 de diciembre- un anteproyecto de ley que establece las normas para la aplicación y gestión de la nueva PAC en España, con el objetivo de posibilitar una aplicación homogénea de ésta en todo el territorio nacional.

La ley incluye algunos aspectos que hasta ahora estaban recogidos en la reglamentación comunitaria y que deben desarrollarse en normas nacionales, como la aplicación de penalizaciones y sanciones en el caso de que los beneficiarios no cumplan las condiciones y obligaciones establecidas para el acceso a las ayudas.

Otro punto destacable es la necesidad de garantizar la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, por lo que se establece un marco nacional de actuación para aquellos casos en los que pudiera producirse algún pago indebido a los beneficiarios al objeto de alcanzar una aplicación homogénea en el territorio nacional, facilitándose a la vez la actuación de las administraciones competentes en la lucha contra el fraude.

En el marco de las actuaciones para ajustar la normativa a algunas de las reformas introducidas en el Reglamento de la Organización Común de Mercados Agrarios (OCMA) y para dar cumplimiento a los objetivos de la PAC,

tales como la conservación de la biodiversidad, o los objetivos establecidos en la Estrategia Europea “De la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente, se regula el régimen sancionador en otras materias agrarias conexas con la PAC.

En particular, en lo relativo a la comercialización de aceite de oliva y sistema de información de los mercados oleícolas, en materia de declaraciones obligatorias y contratación, y de organizaciones de productores y asociaciones organizaciones de productores del sector de la leche y los productos lácteos, y en el ámbito de la conservación de recursos genéticos, la legislación en materia de bienestar animal, sanidad animal y vegetal o la nutrición sostenible de los suelos agrícolas.

RD con cambios para adaptar la normativa nacional a la UE

Además, el Consejo de Ministro aprobó un real decreto que modifica otros tres de diciembre de 2014 sobre la aplicación de la PAC, que incorpora los cambios necesarios para adaptar la normativa nacional a ciertas actualizaciones legislativas de la Unión Europea (UE).

Estas modificaciones permitirán que los agricultores y ganaderos españoles puedan percibir más de 7.425 millones de euros en ayudas en el año 2022, último ejercicio de transición entre el anterior marco (2014-2020) y la entrada en vigor de la nueva PAC, el 1 de enero de 2023.

La nueva norma incorpora algunos ajustes técnicos derivados de la experiencia de gestión de la PAC en años anteriores. Las principales modificaciones se refieren a la definición de “coeficiente de admisibilidad de pastos” para permitir que las comunidades autónomas puedan establecer en su normativa un valor mínimo de coeficiente por debajo del cual dicha superficie no se considerará subvencionable.

Asimismo, se modifican las ayudas asociadas ganaderas aclarando, para el caso de quienes comienzan su actividad, el procedimiento de cómputo de animales elegibles, de tal manera que la autoridad competente pueda aplicar la opción más beneficiosa para estos solicitantes.

Igualmente, se simplifica la gestión para los consejos reguladores o entidades acreditativas de denominaciones de calidad para las legumbres, que no tendrán que remitir anualmente el NIF de los agricultores inscritos o en trámite de inscripción, ni la superficie registrada por cada uno de ellos cuando las autoridades competentes ya dispongan de esta información.


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